Los ciudadanos italianos residentes en el extranjero y regularmente inscritos en el AIRE (Anagrafe degli Italiani Residenti all’Estero) tienen el derecho de voto en el lugar de residencia para las elecciones políticas nacionales, los referendos abrogativos y constitucionales según los artículos 75 y 138 de la Constitución, y las elecciones al Parlamento Europeo.
El voto en el extranjero para las elecciones políticas nacionales y los referendos está regulado por la Ley 27 de diciembre de 2001, n. 459, y su Reglamento de aplicación (D.P.R. 2 de abril de 2003, n. 104), en cumplimiento de los artículos 48, 56 y 57 de la Constitución, que establecieron la Circunscripción Exterior. La Ley 6 de mayo de 2015, n. 52, (conocida como «Italicum») establece que los ciudadanos que se encuentren temporalmente en el extranjero por un período de al menos tres meses por motivos de trabajo, estudio o tratamiento médico pueden solicitar a su municipio votar en el extranjero por correspondencia.
Esta disposición tendrá efecto para las elecciones a la Cámara de Diputados a partir del 1 de julio de 2016, mientras que está vigente de inmediato para cualquier referéndum posterior a la fecha de entrada en vigor de la ley (23 de mayo de 2015).
El voto en el extranjero para la elección de los representantes italianos en el Parlamento Europeo está regulado por la ley 24 de enero de 1979, n. 18, y el Decreto-ley 24 de junio de 1994, n. 408 (convertido en ley 3 de agosto de 1994, n. 483).
Los electores italianos residentes en el extranjero y regularmente inscritos en el AIRE también pueden votar en la elección de los representantes de los COMITES (Comitati degli italiani all’estero) según la ley 23 de octubre de 2003, n. 286.