Los connacionales que se encuentran en una situación de indigencia pueden recibir asistencia económica (llamada «subsidio») u otra forma de ayuda (alojamiento en una institución geriátrica, asistencia médica, etc.) por parte del Consulado General, siempre y cuando los fondos destinados a este fin lo permitan y sean compatibles con los convenios vigentes, así como con la disponibilidad dentro de las instalaciones.
Requisitos
Los requisitos para recibir asistencia son:
- ser ciudadano italiano;
- estar en una situación real de indigencia;
- tener residencia regular en la circunscripción consular de este Consulado General (por lo tanto, contar con un DNI regular);
- estar registrado en el AIRE (Anagrafe degli Italiani Residenti all’Estero).
Documentación
Para evaluar la situación de indigencia, el connacional debe presentar en la Oficina de Asistencia la siguiente documentación:
- originales de los últimos tres comprobantes de todos los pagos realizados para la vivienda: servicios (gas, luz, agua, teléfono fijo y celular) y tasas provinciales y municipales;
- comprobantes de ingresos de todo el grupo familiar que convive: salarios, pensiones argentinas o extranjeras, alquileres, etc.;
- CUIL (Clave Única de Identificación Laboral) de todos los adultos que conviven y no tienen comprobante de ingresos propios;
- pasaporte (si está vigente, NO es necesario solicitar un pasaporte nuevo);
- tickets de compra de medicamentos realizados durante todo el mes y su correspondiente receta médica.
*En caso de que el connacional no pueda acudir al Consulado por sí mismo, la solicitud de asistencia puede ser realizada por un familiar u otra persona involucrada en el caso.
El Consulado concentra sus recursos en la asistencia a los compatriotas más pobres, en base a los siguientes criterios:
- ingresos (prioridad a aquellos que carecen totalmente de ingresos, que no reciben pensión u otros subsidios o que solo tienen la pensión mínima argentina);
- edad (prioridad a los más mayores);
- situación familiar (prioridad a las personas que no tienen vivienda o no cuentan con familiares que puedan ayudarlos);
- salud (prioridad a aquellos que necesitan cuidados prolongados y/o costosos);
- familiares a cargo con discapacidades físicas o mentales.
La asistencia se brinda principalmente a través de los siguientes instrumentos:
- concesión de subsidios económicos: consiste en la entrega de sumas de dinero destinadas a cubrir las necesidades más urgentes de índole material. Estos subsidios se otorgan en función de la disponibilidad presupuestaria y no pueden representar de ninguna manera una prestación continua, obligatoria o de naturaleza pensional;
- convenios médico-sanitarios: a través de los convenios existentes con instituciones adecuadas, los ciudadanos italianos en situación de indigencia que residen en nuestra Circunscripción pueden acceder a asistencia médico-sanitaria;
- convenios con instituciones de atención para personas mayores: mediante los convenios existentes con instituciones adecuadas, el Consulado garantiza el cuidado y alojamiento para los connacionales mayores en situación de indigencia que, al no poder valerse por sí mismos o no contar con una solución habitacional adecuada debido a la falta de recursos y/o apoyo familiar, necesitan un lugar que les brinde no solo subsistencia básica, sino también asistencia de enfermería, apoyo psicológico y afectivo continuo;
- repatriación definitiva a Italia: la repatriación de connacionales residentes en el extranjero, a cargo de las autoridades fiscales, solo se llevará a cabo en favor de personas en situación de indigencia, generalmente emigrados de Italia desde hace muchos años, cuyas condiciones de vida sean extremadamente precarias y sin perspectivas de mejora en el país de residencia. El interesado deberá proporcionar una declaración de familiares dispuestos a acoger al familiar en Italia y asumir las responsabilidades relacionadas con su manutención y asistencia a través de una declaración realizada en el Municipio o la Questura de residencia de los propios familiares. Esta declaración es un requisito indispensable para obtener la repatriación a cargo del Fisco.