Deben inscribirse en el A.I.R.E. los ciudadanos italianos:
- que establezcan su residencia en la Circunscripción consular de este Consulado General provenientes de la Circunscripción de otro Consulado Italiano en el mundo o de Italia por un período superior a 12 meses;
- ya residentes dentro de la Circunscripción consular de este Consulado General y cuya inscripción en el A.I.R.E. en este Consulado General haya sido cancelada.
Para solicitar la inscripción en el AIRE a través del portal Fast It, es necesario escanear y adjuntar 3 archivos en formato PDF:
- formulario completado y firmado (por ambos padres en presencia de hijos menores);
- frente y el dorso del D.N.I. vigente de todos los miembros del núcleo familiar declarados como convivientes en el mismo domicilio;
- documentación que certifique la residencia dentro de la Circunscripción consular de Buenos Aires (boletas de servicios públicos como electricidad, gas, teléfono fijo, internet, televisión por cable o contrato de alquiler registrado en AFIP). Puede estar a nombre del solicitante o de un familiar declarado como conviviente en el formulario siempre y cuando coincida el domicilio en sus DNIs.
Otros requisitos necesarios para casos particulares son:
- quienes fueron reconocidos como ciudadanos italianos por vía materna mediante un Tribunal italiano, además de la documentación mencionada anteriormente, deberán adjuntar la sentencia de reconocimiento y las transcripciones de las actas en el Municipio italiano correspondiente;
- para los ciudadanos italianos nacidos en Italia que se inscriben por primera vez en el AIRE, será necesario presentar: el acta de nacimiento italiano, el Certificado de la Cámara Nacional Electoral argentina (para quienes antes del 16 de agosto de 1992 hubieran alcanzado la mayoría de edad, es decir, 18 años) y el Certificado de Existencia en Vida emitido por RENAPER en los últimos 3 meses sin certificado médico (solo ciudadanos mayores de 65 años);
- aquellos que hayan realizado el procedimiento de reconocimiento directamente en un Municipio italiano deberán adjuntar: certificado de ciudadanía; transcripción de su propia acta de nacimiento italiana; certificado histórico de residencia; credencial de identidad italiana y/o pasaporte italiano.
Toda actualización del trámite se notificará por correo electrónico una vez que el mismo sea procesado por el Consulado General. También se podrán verificar las actualizaciones en la sección «últimas comunicaciones con el Consulado» a través del portal Fast It.
El tiempo máximo de procesamiento será de 180 días a partir de la fecha de presentación de la documentación.
El trámite se considerará finalizado cuando indique: «Transmitido al Municipio«.